UCD y su defensa

La Unión Cívica Democrática (UCD), es una organización integrada por diferentes grupos de la Sociedad Civil, representativos y comprometidos con los valores democráticos, la paz, la libertad, el orden y el progreso de Honduras y, fundamentalmente unidos en torno a la defensa de la Constitución de la República, el estado de Derecho y el bienestar general del pueblo.
La UCD, consecuente con sus compromisos patrióticos, con relación al contenido del documento ‘’Acuerdo para la Reconciliación Nacional y el Fortalecimiento de la Democracia en Honduras”, también denominado ‘’Acta de Reconciliación’’ suscrito por los Sres. Leonel Fernández, Presidente de la República Dominicana, Porfirio Lobo Sosa, Presidente Electo de Honduras y, como Testigos de Honor, los Sres. Elvin Santos, César Ham, Felícito Avila, Ricardo Alvarez y Mario Canahuati, firmado en Santo Domingo, República Dominicana, a los 20 días del mes de enero del presente año, se pronuncia de la manera siguiente:
I. El documento antes mencionado no llena los requisitos necesarios para ser un Acuerdo entre Gobiernos, por no haberse seguido los procedimientos legales y formales establecidos en nuestro sistema jurídico y en el derecho internacional, lo cual se resume así:
a) El documento de referencia solamente contempla obligaciones para el Presidente Electo de Honduras y ninguna para el Presidente de la República Dominicana, quien tampoco, como se dice, firma como representante de la Comunidad Internacional;
b) El compromiso de hacer un Gobierno de Unidad y Reconciliación es una obligación constitucional como bien se manifiesta en el mismo documento y, además es una obligación contemplada en el Acuerdo Tegucigalpa- San José. Es decir, no es una opción, sino una obligación constitucional;.
c) Con relación al ’’salvo conducto’’ mencionado en dicho documento, viola nuestro derecho interno y el derecho internacional contemplado en las Convenciones sobre el Derecho de Asilo y Tratados Internacionales aplicables;
d) Además, dicho ‘’auto de salvoconducto’’ también viola las leyes porque se pretende otorgárselo en calidad de Presidente a una persona que dejó de serlo a partir del 28 de junio, tal como fuera acordado y ratificado por el Poder Legislativo, el Poder Judicial y otras instituciones oficiales del país. El Presidente Electo no tiene facultades para decidir al respecto;
e) El Presidente Electo también se compromete a respetar los Derechos Humanos, esa es una obligación contemplad a en nuestra Constitución, Tratados Internacionales y otras Leyes, obligación que contraerá al ser juramentado en su condición de Presidente de la República, en consecuencia, está demás que lo haga frente a un Presidente de otra nación.
f) Con relación a que el Sr. Zelaya, ’’familiares y círculo íntimo’’ podrán salir hacia la República Dominicana el próximo 27 de los corrientes en calidad de Huéspedes de aquel país, resulta violatorio de las leyes por cuanto el Sr. Zelaya y algunos de sus acompañantes tienen órdenes de captura, requerimientos fiscales y medidas sustitutivas por delitos comunes, así como prohibición para salir del país.
g) El Presidente Electo no tiene facultades para suspender la restricción de derechos ciudadanos a personas que tienen requerimientos fiscales pendientes, como es el caso del Sr. Zelaya y algunos de sus acompañantes y,
h) Finalmente, resulta innecesario que el Presidente Electo se comprometa con el Presidente de la República Dominicana a gestionar el reconocimiento internacional de su gobierno por cuanto es un compromiso nacional contenido en el Acuerdo Tegucigalpa-San José, firmado por los representantes acreditados por el ex-presidente Zelaya y por los representantes del Presidente Constitucional Roberto Micheletti en representación del Poder Ejecutivo.
II. En el documento que nos ocupa, se establece que su vigencia es a partir del momento de su suscripción, el 20 de los corrientes, fecha en la cual el Presidente Electo de Honduras no ha tomado posesión de su cargo, no ha prestado el Juramento Constitucional ni tiene las atribuciones ni facultades propias de un Presidente en funciones.
En consecuencia, la UCD acuerda:
1) Exigir respetuosamente al Sr. Presidente Electo el cumplimiento del Acuerdo Tegucigalpa-San José en el único punto pendiente, que es la conformación de la Comisión de la Verdad, integrada por profesionales probos, imparciales y de reconocida capacidad en sus correspondientes países de origen, de preferencia, de países europeos, excluyendo países de la ALBA y afines.
2) Apoyar todas las gestiones que haga el Presidente Electo a partir del ejercicio de su gestión presidencial para superar los problemas políticos, económicos y sociales, siempre que se enmarquen en el estado de Derecho, entendiendo que ninguna acción política debe hacerse fuera del contexto jurídico nacional, la política no justifica la violación a la ley.
3) Solicitar, respetuosa y enérgicamente al Sr. Presidente Electo no gestionar ningún tipo de Amnistía ni conceder Indulto sino hasta que se conozcan los resultados de la Comisión de la Verdad, de lo contrario, la Reconciliación del pueblo hondureño resultará imposible y a la vez fomentará la división entre la Sociedad Hondureña.
La UCD llama a todas sus organizaciones miembro a continuar firmes en la defensa de la Democracia y el estado de Derecho
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